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Artículo 9

Decreto 603 de 1966 · Por el cual se reorganiza la educación agrícola de nivel medio y se crean las carreras intermedias agropecuarias

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo noveno. Para el cumplimiento de las funciones que corresponden a los Institutos Técnicos Agrícolas, éstos tendrán la siguiente organización administrativa y técnica: Rectoría; Comité Técnico, Junta de Profesores; Administración; Servicios Auxiliares de la docencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 603 de 1966