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Artículo 1

Decreto 1446 de 2026 · Por el cual se modifican los artículos 2.2.3.1.2.1 y 2.2.3.1.2.4 del Decreto 1069 de 2015, Único Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho, referente a las reglas de reparto de la acción de tutela

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Modificación del numeral 2 del artículo 2.2.3.1.2.1 df11 Decreto 1069 de

2015.

Modifíquese el numeral 2 del artículo 2.2.3.1.2.1 del Decreto 1069 de 2015, el cual quedará así: '

112.

Salvo lo previsto en los siguientes numerales, las accionfJs de tutela que se interpongan contra cualquier autoridad, organismo o entidad pública del orden nacional, y las dirigidas contra actuaciones administrativas, políticas, programas o estrategias del Gobiemo nacional relacionadas con la erradicación de cultivos ilícitos, serán repartidas, para su conocimiento en primera instancia, a los jueces del circuito o con igual categoría:

2.

1. Las acciones de tutela dirigidas contra las actuaciones u omisiones del Presidente de la República en ejercicio de sus funciones serán repartidas, para su conocimiento en primera instancia, al Consejo de Estado.

Cuando, según la demanda de tutela, se atribuyan al Presidente de la República actuaciones u omisiones en ejercicio de sus funciones y la acción se dirija conjuntamente contra una o más autoridades públicas o particulares, las acciones serán repartidas para su conocimiento en primera instancia al Consejo de Estado.

Las acciones de tutela dirigidas por acciones u omisiones de una o más autoridades públicas o particulares, relacionadas con las competencias señaladas en el artículo 189 de la Constitución Política de Colombia, serán repartidas para su conocimiento en primera instancia, al Consejo de Estado.

Parágrafo

Para estos exclusivos efectos de reparto se atenderá a los sujetos fonnalmente señalados en la solicitud, sin que estas reglas comporten valoración anticipada sobre su legitimación en la causa o su eventual responsabilidad. Estas reglas no crean ni modifican los factores de competencia establecidos en la Constitución y la ley."

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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