JurídicoESEN

Artículo 15

En El Evento Contemplado En El Artículo Anterior, Si Para La Terminación De Las Obras E Instalaciones Conjuntas Se Requiere Aplazar La Iniciación De La Explotación En Algunas De Las Áreas Por Un Término Mayor De Seis (6) Meses, Así Lo Podrá Autorizar El Ministerio, A Petición Del Interesado

Decreto 136 de 1990 · por el cual se reglamenta parcialmente el Código de Minas.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En el evento contemplado en el artículo anterior, si para la terminación de las obras e instalaciones conjuntas se requiere aplazar la iniciación de la explotación en algunas de las áreas por un término mayor de seis (6) meses, así lo podrá autorizar el Ministerio, a petición del interesado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 136 de 1990