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Artículo 3

El Jefe De Encomiendas Postales Del Exterior Dependiente De La Segunda Superintendencia De Rentas Nacionales, Devengará $ 250 Mensuales; Los Dos Liquidadores, Cada Uno A $ 140, Y Los Seis Escribientes Y Triplicadores, A $ 60 Cada Uno

Decreto 1 de 1926 · Por el cual se modifica el Decreto número 1864, de 19 de diciembre de 1925

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El Jefe de Encomiendas Postales del Exterior dependiente de la segunda Superintendencia de Rentas Nacionales, devengará $ 250 mensuales; los dos Liquidadores, cada uno a $ 140, y los seis Escribientes y Triplicadores, a $ 60 cada uno.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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