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Artículo 4

Por Las Secciones Respectivas Del Ministerio De Gobierno Se Dictaran Las Providencias Del Caso, A Fin De Dar Cumplimiento A Lo Dispuesto Por El Decreto Legislativo 1405 De 1934

Decreto 1466 de 1943 · Por el cual se reglamenta el inciso 2º del artículo 1º de la Ley 57 de 1940

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º por las secciones respectivas del ministerio de gobierno se dictaran las providencias del caso, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto por el decreto legislativo 1405 de 1934. Comuníquese y Publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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