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Artículo 3

Acompañamiento

Decreto 1053 de 2025 · por el cual se fijan responsabilidades en el procedimiento para el alistamiento, recepción, registro, verificación, custodia y destrucción del material de guerra del Grupo Armado Organizado al Margen de la Ley Coordinadora Nacional Ejército Bolivariano.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Acompañamiento . El Ministerio de Defensa Nacional invitará al Procurador General de la Nación para que, en atención a las atribuciones legales contempladas en el numeral 14, artículo 7° del Decreto Ley 262 de 2000, y conforme con el artículo 277 de la Constitución Política, acompañe el procedimiento de registro, custodia y destrucción del material de guerra, concertado entre la Coordinadora Nacional Ejército Bolivariano (CNEB) y el Gobierno nacional en la Mesa de Diálogos de Paz. Lo anterior, teniendo presente que los procedimientos para la destrucción de material de guerra que se llevarán a cabo en lugares diferentes en los departamentos de Putumayo y Nariño (Acuerdo número 12, protocolo 6 y hoja de ruta).

Parágrafo

La Misión de Apoyo al Proceso de Paz en Colombia de la Organización de los Estados Americanos (MAPP-OEA) se limitará al acompañamiento en la recepción, verificación y destrucción del material de guerra de la Coordinadora Nacional Ejército Bolivariano (CNEB), sin participación en su traslado y manipulación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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