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Artículo 14

Reforma De Estatutos

Decreto 748 de 1990 · por el cual se reglamenta la Ley 07 de 1990, relacionada con los Fondos Ganaderos.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Reforma de Estatutos . Los Fondos Ganaderos que funcionan en el país dispondrán de noventa (90) días contados a partir de la vigencia del presente Decreto, para ajustar sus estatutos y funcionamiento a las normas establecidas en la Ley 07 de 1990 y en este Decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 748 de 1990