Obligaciones de los Proveedores Tecnológicos . Los proveedores tecnológicos que ofrezcan servicios de facturación electrónica deberán como mínimo, prestar a los obligados a facturar y/o al adquirente los servicios de facturación electrónica contratados, cumpliendo en la facturación las disposiciones de este decreto y las condiciones de operatividad tecnológica que establezca la DIAN.
En todo caso, el obligado a facturar electrónicamente y el adquirente son los responsables ante la DIAN por las obligaciones que como tales les corresponden.