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Artículo 24

Incumplimiento Sistemático De Los Deberes Y Prohibiciones

Decreto 2480 de 1986 · Por el cual se reglamenta parcialmente el Decreto extraordinario 2277 de 1979

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Incumplimiento sistemático de los deberes y prohibiciones. Cuando un educador haya sido suspendido hasta por 30 días y cometa una nueva infracción a los deberes y violación de las prohibiciones de que tratan los artículos 44 y 45 del Decreto 2277 de 1979 y 18 de este Decreto incurrirá en la causal de incumplimiento sistemático de los deberes y violación reiterada de las prohibiciones. En este caso la autoridad nominadora comunicará el hecho a la Junta Seccional de Escalafón para que ésta adelante la acción disciplinaria por mala conducta, siguiendo el procedimiento señalado para tal efecto. CAPITULO V Faltas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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