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Artículo 2.17.20

Plazo De Ejecución

Decreto 1085 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo del Deporte.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Plazo de ejecución. Las disposiciones contenidas en este capítulo, relacionadas con las adecuaciones técnicas de los estadios de fútbol y la numeración de la silletería, deberán ser implementadas en un plazo máximo de dos años contado a partir de la promulgación del presente decreto.

Parágrafo

En caso de incumplimiento se dará aplicación a lo dispuesto en el artículo 31 del Decreto ley 1228 de 1995. Los encargados de la administración de los estadios que antes de vencido el plazo no hayan llevado a cabo las adecuaciones, deberán justificarlo ante el Ministerio de Deporte, quien podrá otorgar una prórroga atendiendo las condiciones particulares de cada caso.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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