JurídicoESEN

Artículo 1

Decreto 1407 de 1928 · Por el cual se fija una asignación y se hace un nombramiento en la Sección primera del Ferrocarril Central del Norte

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único. Fijase en trecientos pesos ($ 300) la asignación mensual del Abogado de la Sección primera del Ferrocarril Central del Norte, y nómbrase para desempeñar dicho cargo, al doctor Luis Alfredo Núñez, quien deberá atender personalmente a todo lo relacionado con la adquisición de zonas para la empresa. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1407 de 1928