Régimen Presupuestal. La Superintendencia estará sometida a las normas orgánicas del presupuesto general de la Nación. Su funcionamiento se financiará con
Las partidas que se le asignen en el Presupuesto Nacional.
Las tasas y contribuciones que hasta la fecha de la entrada en vigor del presente decreto le correspondían a la Superintendencia General de Puertos.
Los demás recursos que le asigne la ley. CAPITULO V. Disposiciones varias