La Junta General de Socios se reunirá en sesiones extraordinarias, cuando sea convocada por el gerente, por la Junta Directiva o por un número de socios que represente no menos del veinte por ciento (20%) del capital social. Para las reuniones extraordinarias, los socios deben ser convocados mediante comunicación escrita con una anterioridad no menor de cinco (5) días calendario y en la comunicación de convocatoria se insertará el orden del día.
No obstante lo anterior, estando presentes todos los socios o por medio de sus representantes, podrán deliberar y adoptar decisiones válidamente, aunque no haya precedido convocatoria y aunque la reunión se verifique en cualquier lugar.