°. Cuando por cualquier causa hubiere necesidad de licenciar personal, vinculado a obras adelantadas por el Ministerio de Obras Públicas, por administración directa o delegada, las prestaciones sociales reconocidas por la Caja Nacional de Previsión Social, serán cubiertas por cuenta de esta entidad, directamente con fondos de la obra.
El monto de estas prestaciones será abonado a la deuda que la Nación tiene contraída para con la Caja Nacional de Previsión Social.