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Artículo 1

Ley 37 de 1943 · Por la cual se ordena el estudio y se autoriza el establecimiento de una salina marítima en la Costa del Pacífico

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Gobierno procederá a estudiar la posibilidad de establecer, en condiciones económicas, una salina marítima en Tumaco o en algún otro sitio de la Costa del Pacifico, destinada principalmente a proveer de sal a los Departamentos de Nariño, Cauca y Valle.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 37 de 1943