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Artículo 3

Deróganse Los Artículo 47 Del Decreto 1696 De 1932, El Decreto 1993 De 1932, Y El Artículo 9 Del Decreto 2044 Del Mismo Año

Decreto 897 de 1935 · Por el cual se reglamentan los artículos 571 y siguientes del Código de Comercio

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Deróganse los artículo 47 del decreto 1696 de 1932, el decreto 1993 de 1932, y el artículo 9 del decreto 2044 del mismo año.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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