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Artículo 2

Ley 38 de 1981 · por la cual se definen las formas de concertación de las fuerzas económicas y sociales en los organismos de planeación y los procedimientos para elaborar el Plan de Desarrollo Económico y Social de que trata el artículo 80 de la Constitución Nacional.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La parte general del Plan comprenderá principalmente:

a)

Un diagnóstico general sobre la economía y sus principales sectores, la situación social y la incidencia de los factores internacionales en el desarrollo interno del país;

b)

Los propósitos nacionales objeto del Plan;

c)

Las metas y prioridades de la acción del Estado;

d)

La fijación de políticas y estrategias de desarrollo global;

e)

La conciliación de las metas del Plan con los objetivos de la política económica en general y con la política fiscal y monetaria en particular;

f)

La magnitud del gasto público para impulsar el desarrollo nacional y regional, en los órdenes económico y social, y

g)

La participación relativa que en el plan tendrán los diversos sectores de la economía y de la sociedad.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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