JurídicoESEN

Artículo 10

Contratos Para La Ejecución De Programas Y Proyectos

Decreto 1113 de 1992 · por el cual se reglamenta la Ley 76 de 1985 y los Decretos 3083, 3085 y 3086 de 1986, en lo relativo a la ejecución de recursos de los Fondos de Inversiones para el Desarrollo Regional.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Contratos para la ejecución de programas y proyectos. Las entidades públicas que ejecuten programas o proyectos con recursos de los Fondos de Inversiones para el Desarrollo Regional, se someterán en materia de contratación a las normas del Decreto 222 de 1983, o a las normas departamentales, distritales o municipales, según el nivel administrativo al cual pertenezca la entidad, y en su celebración y ejecución se observarán, además, las siguientes reglas

a)

La celebración requiere la aprobación previa por parte del Coordinador Regional y la comunicación de dicha aprobación a la entidad fiduciaria para los efectos de los desembolsos a que haya lugar;

b)

En el contrato se subordinarán los pagos a los desembolsos que haga la entidad fiduciaria a la entidad o directamente al contratista;

c)

Cuando se pacte el pago de anticipo, no podrá ser superior al 30% del valor total si se trata de contratos de consultoría;

d)

Se pactará que todos los demás pagos se harán, conforme al cronograma de inversión, previa presentación de cuentas de cobro y de informes de avance, debidamente aprobados por el interventor, en los formularios que para el efecto prepare la respectiva Región de Planificación;

e)

El interventor será designado por el correspondiente Consejo Regional;

f)

El acta de liquidación del contrato debe ser suscrita por la entidad ejecutora, el contratista, el interventor, el Coordinador Regional y la entidad territorial de que se trate;

g)

El contrato debe ser suscrito simultáneamente por las entidades cofinanciadoras, si las hubiere, con indicación de su obligación de aportar para la ejecución recursos, bienes o servicios.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1113 de 1992