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Artículo 1

Las Traslaciones Determinadas En El Decreto Número 1782 De 29 De Diciembre De 1923, Relativas Al Ministerio De Guerra, Sólo Se Entenderán Surtidas Así: Del Capítulo 41, Artículo 398, Ejercito De La República, Personal, Tres Mil Pesos $ 3,000 Del Capítulo 42, Artículo 400, Alimentación, Lavado Y Peluquería Del Ejército, Diez Mil Pesos 10,000 Del Capítulo 45, Artículo 432, Flotilla De Guerra Y Cañonero Hércules , Seis Mil Pesos 6,000 Total $ 19,000 A Los Siguientes Capítulos Y Artículos: Capítulo 43, Ejército De La República, Material: Articulo 402, Para Compra De Caballos, Catorce Mil Pesos $ 14,000 Articulo 416, Para Drogas Y Servicio De Enfermerías De Las Unidades Del Ejército, Tres Mil Pesos 3,000 Capitulo 46, Gastos Varios: Articulo 443, Para Gastos Extraordinarios E Imprevistos, Dos Mil Pesos 2,000

Decreto 284 de 1924 · Por el cual se aclara el 1782 de 1923, y se deroga el 46 de 1924, por el cual se aprueba un Reglamento para el Ejército

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Las traslaciones determinadas en el Decreto número 1782 de 29 de diciembre de 1923, relativas al Ministerio de Guerra, sólo se entenderán surtidas así: Del capítulo 41, artículo 398, Ejercito de la República, personal, tres mil pesos $ 3,000 Del capítulo 42, artículo 400, alimentación, lavado y peluquería del Ejército, diez mil pesos 10,000 Del capítulo 45, artículo 432, flotilla de guerra y cañonero Hércules , seis mil pesos 6,000 Total $ 19,000 A los siguientes capítulos y artículos: Capítulo 43, Ejército de la República, material: Articulo 402, Para compra de caballos, catorce mil pesos $ 14,000 Articulo 416, Para drogas y servicio de enfermerías de las Unidades del Ejército, tres mil pesos 3,000 Capitulo 46, gastos varios: Articulo 443, para gastos extraordinarios e imprevistos, dos mil pesos 2,000 . Total $ 19,000 .

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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