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Artículo 1

Ley 92 de 1965 · por la cual se declara de utilidad pública una zona forestal en el Municipio de Chaparral, Departamento del Tolima.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Declárese de utilidad pública la zona forestal aledaña a la quebrada "Cuira", y sus afluentes, que conforman la hoya hidrográfica de la misma, ubicada en el Municipio de Chaparral, Departamento del Tolima y determinada por los funcionarios del Ministerio de Agricultura y Ganadería, dentro de los siguientes linderos:

"Partiendo de la bifurcación de la carretera Chaparral-Rioblanco con el camino Chaparral-EI Limón, se sigue por dicha carretera hacia Rioblanco hasta colocarse al frente del Cerro denominado "El Garabato"; de este punto de línea recta hasta el mencionado cerro; de aquí se continúa por una linea que bordea a cien metros los nacimientos de las quebradas "Los Árboles" y "Cuira", como también los de las demás fuentes de invierno que terminan en estas quebradas hasta llegar al camino Chaparral-EI Limón; de aquí en adelante por dicho camino hasta encontrar la bifurcación de la carretera Chaparral-Rioblanco, con el camino Chaparral-El Limón, punto de partida".

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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