JurídicoESEN

Artículo 20

Decreto 339 de 1905 · Que fija el procedimiento para arrendar la Renta de Licores creada por el Decreto legislativo número 41 del año en curso

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 20. El individuo ó sociedad á quien se haya hecho adjudicación provisional de una renta queda obligado á sostener la postura en virtud de la cual se hizo el remate, mientras la Junta Directiva y el Ministro de Hacienda deciden definitivamente sobre la aprobación ó improbación de éste.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 339 de 1905