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Artículo 24

Decreto 272 de 2000 · Por el cual se determina la organización y funcionamiento de la Auditoría General de la República

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones de la Dirección de Control Fiscal . Son las siguientes

1.

Participar en la formulación y adopción de políticas, planes, programas y proyectos para el desarrollo de las funciones de la Auditoría General de la República, así como diseñar e implementar las propias del área, de forma armónica con las generales de la entidad.

2.

Diseñar e implantar modelos uniformes de evaluación de la gestión fiscal de las entidades vigiladas, de acuerdo con las directrices impartidas por el Auditor Delegado.

3.

Revisar permanentemente los modelos y sistemas de evaluación y vigilancia y coadyuvar en el diseño e implantación de las reformas que se requieran para garantizar una efectiva gestión.

4.

Identificar, diseñar e implantar los indicadores de gestión para evaluar los resultados de las entidades vigiladas, según las directrices que imparta el Auditor Delegado de conformidad con las políticas, sistemas y métodos adoptados por la Auditoría General.

5.

Elaborar los contenidos y materiales necesarios para los programas de asistencia y capacitación que garanticen la uniformidad de criterios en la aplicación de los sistemas y métodos de evaluación integral de la gestión y coordinar su ejecución con la Auditoría Delegada y la Secretaría General.

6.

Proyectar las normas internas que sean requeridas para el desarrollo del ejercicio del control fiscal.

7.

Proponer a la Auditoría Delegada planes, programas y proyectos para ser desarrollados por los grupos de vigilancia fiscal y participar activamente en su implementación y control.

8.

Efectuar el seguimiento a las auditorías de gestión y verificar sus resultados.

9.

Ejercer la revisión de cuentas y realizar auditoría, incluida la evaluación del control fiscal interno a la Contraloría General de la República y demás entes vigilados según asignación de competencias que efectúe el Auditor General.

10.

Coordinar, controlar y ejecutar las actividades relacionadas con la aplicación de los sistemas, métodos y procedimientos establecidos con el fin de canalizar las inquietudes, recomendaciones y reclamos de la ciudadanía, en relación con la vigilancia de la gestión fiscal a cargo de la Auditoría y darles de manera oportuna el trámite interno que corresponda.

11.

Las demás que le asigne la Constitución, la ley o el reglamento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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