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Artículo 1

Decreto 842 de 1922 · Por el cual se autoriza al Ministerio de Guerra para determinar la distribución de unas partidas del Presupuesto del Ministerio

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único. Autorízase al Ministerio de Guerra para determinar la distribución e inversión de las partidas que la liquidación del Presupuesto general de gastos de la Nación, asigna a dicho Ministerio en conjunto para la atención de algunos servicios del Ejército. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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