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Artículo 7

Los Contratos Institucionales De Asistencia Se Clasifican, Según Su Objeto, De La Siguiente Manera: A) Contratos De Asistencia Intra-Hospitalaria- Parcial; B) Contratas De Asistencia Intra-Hospitalaria Total; C) Contratos De Atención Médica Y Odontológica A Grupos De Población; D) Contratas De Asistencia Diagnóstica Y Terapéutica Institucional

Decreto 7 de 1980 · Por el cual se reglamentan los artículos 73 y 92 del Decreto-ley 1650 de 1977; 29, 30, 31, 32 y 33 del Decreto-ley 1652 de 1977; y 16, 17 y 18 del Decreto-ley 1700 de 1977 en lo relacionado con la contratación de servicios de salud para el Instituto de Seguros Sociales

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Los contratos institucionales de asistencia se Clasifican, según su objeto, de la siguiente manera

a)

Contratos de asistencia intra-hospitalaria- parcial;

b)

Contratas de asistencia intra-hospitalaria total;

c)

Contratos de atención médica y odontológica a grupos de población;

d)

Contratas de asistencia diagnóstica y terapéutica institucional. De los contratos institucionales de asistencia intra-hospitalaria parcial.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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