JurídicoESEN

Artículo 14

Funciones

Decreto 1376 de 1990 · por el cual se expiden los estatutos básicos de organización y funcionamiento de la sociedad Minerales de Colombia S. A., Mineralco S. A.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones. Serán funciones del Gerente General de la sociedad las siguientes

a)

Ejercer la representación legal de la sociedad;

b)

Ejecutar las decisiones de la Asamblea de Accionistas y de la Junta Directiva;

c)

Aprobar los balances mensuales de la sociedad y presentar a la Asamblea General de Accionistas un balance general y las cuentas de inventario al finalizar cada ejercicio;

d)

Presentar a consideración de la Junta Directiva los planes y programas que deba desarrollar la sociedad y los proyectos de presupuestos anuales;

e)

Ejercer las funciones que la Junta Directiva le delegue y delegar en los empleados y organismos de la sociedad las funciones que determine la Junta Directiva;

f)

Adjudicar y suscribir los actos y contratos que deban celebrarse, como representante legal de la sociedad, hasta por la suma que determine la Junta Directiva. Cuando la cuantía del acto o contrato fuere superior a la suma señalada, se requerirá la autorización previa de la Junta Directiva;

g)

Convocar a la Asamblea de Accionistas y a la Junta Directiva a sesiones ordinarias y a las extraordinarias que estime conveniente;

h)

Representar las acciones que posea la sociedad en otras entidades;

i)

Constituir mandatarios que representen a la sociedad en asuntos judiciales y extrajudiciales y delegar en los subgerentes y directores de oficinas regionales las facultades que haya autorizado previamente la Junta Directiva;

j)

Dirigir, coordinar, vigilar y controlar el personal de la sociedad, y la ejecución de las actividades y programas de la entidad;

k)

Contratar, promover y remover el personal al servicio de la sociedad y dictar los actos necesarios para la administración del mismo, conforme a las disposiciones vigentes;

l)

Promover el recaudo de los ingresos, ordenar los gastos y, en general, dirigir las operaciones propias de la sociedad dentro de las prescripciones de la ley y de las disposiciones de la Asamblea General de Accionistas y Junta Directiva;

m)

Velar por la correcta aplicación de los fondos y el debido mantenimiento y utilización de los bienes de la sociedad;

n)

Presentar al Presidente de la República, por conducto del Ministro de Minas y Energía, y a la Asamblea General de Accionistas y Junta Directiva, informes generales y periódicos diferentes a los informes especiales que se le soliciten, sobre la marcha de la entidad, as¡ como también a la Oficina de Planeación del Ministerio de Minas y Energía, en la forma que éste lo determine, sobre el estado de ejecución de los programas que corresponden a la sociedad y presentar los informes que las demás autoridades soliciten, en cuanto estén facultadas para ello conforme a las disposiciones legales;

o)

Las demás que la ley determine o que se relacionen con el funcionamiento y organización de la sociedad y que le correspondan.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1376 de 1990