º . Límite a la cuantía del subsidio . La cuantía del subsidio de vivienda de interés social rural no podrá ser superior al setenta por ciento (70%) del valor de la solución de mejoramiento y saneamiento básico, construcción en sitio propio o adquisición de vivienda nueva, en la fecha de asignación del subsidio.
En el caso de las Cajas de Compensación Familiar, el monto del subsidio podrá representar hasta el noventa por ciento (90%) del valor de la solución. CAPITULO II Distribución de recursos destinados al Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social Rural