En el caso de que el funcionario que hace la solicitud de confirmación o de inscripción en el Escalafón de la Carrera Administrativa no pueda presentar su calificación de servicios por omisión o negativa de quien deba efectuarla, deberá afirmarlo así, y en tal caso el Departamento Administrativo del Servicio Civil procederá a solicitarla del organismo respectivo.
Si dentro de un término máximo de quince (15) días, contados a partir de la fecha en que se formule la solicitud de calificación de servicios de que trata este artículo, no hubiere llegado al Departamento Administrativo del Servicio. Civil la respuesta, correspondiente, este organismo considerará que la calificación solicitada es satisfactoria.