Las entidades que desarrollan políticas públicas, estrategias, planes, programas, proyectos y administran fondos orientados al sector rural, deberán garantizar el acceso efectivo de las juventudes rurales a su oferta institucional, a través de la divulgación y capacitación por medios idóneos y flexibles.
Además, brindarán acompañamiento técnico en todas las fases de los procesos, garantizando su seguimiento y evaluación, así como la aplicación de la Ley 2052 de 2020 , sobre racionalización de trámites, o la norma que haga sus veces.