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Artículo 13

Modificar El Parágrafo 2° Del Artículo 1

Decreto 1142 de 2021 · Por el cual se adiciona y modifica el Decreto 1821 de 2020, Decreto Único Reglamentario del Sistema General de Regalías

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Modificar el

Parágrafo 2

del Artículo 1.2.2.2.1 del Decreto 1821 de 2020, el cual quedará así: “

Parágrafo 2

Le corresponde a la Secretaría Técnica de los Órganos Colegiados de Administración y Decisión de la Asignación para la Inversión Regional en cabeza de las regiones, coordinar las mesas de trabajo que se requieran con los miembros del OCAD y con el Ministerio o Departamento Administrativo rector en que se clasifique el proyecto de inversión, cuando aplique. Los miembros del OCAD podrán solicitar a la Secretaría Técnica la realización de estas mesas de trabajo.”

Parágrafo 2

Artículo 1.2.2.2.1 DECRETO 1821 de 2020

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1142 de 2021