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Artículo 1

Clasifícanse Los Pasajes De Favor En Los Ferrocarriles De Propiedad Nacional, En Tres Categorías, A Saber: Pasajes De Cumplimiento, Pasajes Obligados Y Pasajes Parciales

Decreto 2444 de 1928 · Por el cual se reglamenta el servicio de pasajes fe favor en los ferrocarriles de propiedad nacional

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Clasifícanse los pasajes de favor en los ferrocarriles de propiedad nacional, en tres categorías, a saber: PASAJES DE CUMPLIMIENTO, PASAJES OBLIGADOS y PASAJES PARCIALES. PASAJES DE CUMPLIMIENTO - Se consideran como tales: Los que se expidan a favor de las altas autoridades civiles, eclesiásticas y de los Gerentes o empleados de categoría de empresas similares, por vía de reciprocidad. PASAJES OBLIGADOS- Se consideran en esta categoría

a)

Los de correos y sus conductores.

b)

Los de los presos comunes y sus custodios y los de los alienados y enfermos pobres.

c)

Los de los voceadores de la prensa.

d)

Los de las tropas del Ejército Nacional y los de los conscriptos y reservistas.

e)

Los de los Guardias civiles y miembros de la Policía Nacional, Departamental y Municipal.

f)

Los de los pobres de solemnidad.

g)

Los que figuren en contratos del Gobierno Nacional; y b) Los decretados especialmente por leyes. PASAJES PARCIALES- Se consideran como tales, los de los empleados públicos nacionales, y los de los estudiantes y maestros de colegios oficiales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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