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Artículo 14

Las Estipulaciones De Fianza Que Se Agregan Al Pie De Los Documentos, No Causan Impuesto; Si La Fianza Se Hace Constar Por Separado, Pagan El Impuesto

Decreto 1696 de 1932 · por el cual se reglamenta el Decreto legislativo número 92 del año en curso, en lo relacionado con el impuesto de timbre nacional.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las estipulaciones de fianza que se agregan al pie de los documentos, no causan impuesto; si la fianza se hace constar por separado, pagan el impuesto. Ordinal 7°

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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