Recibido el expediente por el superior se fijará en lista el negocio por cinco (5) días, término dentro del cual se pueden presentar los alegatos y las pruebas que el interesado estime conveniente. Vencido este término se fallará dentro de los cinco (5) días siguientes.
Antes de fallar, el Jefe del Departamento Jurídico podrá dictar un auto para mejor proveer.