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Artículo 2.3.1.6.3.11

Transferencia De Recursos A Otras Entidades Del Sistema

Decreto 1081 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Único del Sector Presidencia de la República.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Transferencia de recursos a otras entidades del Sistema . La transferencia de los recursos a las entidades del Sistema Nacional, distintas a los Entes Territoriales, se hará, previo convenio o contrato suscrito a través de Fiduprevisora S.A.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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