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Artículo 4

El Gerente General Del Pondo Rotatorio De A Armada Nacional Tendrá Derecho A Gastos De Represen-: Acción En Una Cuantía Equivalente A La Tercera Parte Del Sueldo Que Le Corresponde Según Lo Establecido En El Artículo L Del Presente Acuerdo

Decreto 1605 de 1974 · Por el cual se aprueba la Planta de Personal del Fondo Rotatorio de la Armada Nacional

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El Gerente General del Pondo Rotatorio de a Armada Nacional tendrá derecho a gastos de represen-: acción en una cuantía equivalente a la tercera parte del sueldo que le corresponde según lo establecido en el artículo L del presente Acuerdo. El Subgerente tendrá derecho a gastos de representación una cuantía equivalente a la quinta parte del sueldo 3Ue le corresponde según lo establecido en el artículo 1° del presente Acuerdo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1605 de 1974