º. A partir del 1º de enero de 1963, reajústase la Escala de Sueldos de los empleados civiles del Ministerio de Guerra, establecida en el Decreto legislativo número 0094 de 1958 y adicionada por el Decreto-ley número 1705 de 1960, en la siguiente forma: AQUÍ PDF DIARIO OFICIAL 31024 (TABLA DE PRESUPUESTOS) PÁG. 3
Suprímese de la Escala de Sueldos establecida en el Decreto legislativo número 0094 de 1958, las categorías de Adjunto Décimo y Auxiliar Sexto.