Agréguese un cuarto (4°) parágrafo al artículo 1° de la Ley 1119 de 2006 el cual quedará así:
Parágrafo 4
A los veteranos debidamente registrados se les hará un descuento del 10% en el trámite de actualización de los registros de armas de fuego y permisos vencidos.