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Artículo 2

El Artículo 28 Del Decreto 570 De 1984, Quedará Así: "para Los Productores, Importadores Y Distribuidores De Cigarrillos La Base Gravable Para Liquidar El Impuesto Sobre Las Ventas De Este Producto No Incluye El Valor De Los Impuestos De Consumo Y Deportes"

Decreto 1065 de 1984 · Por el cual se reglamenta parcialmente el Decreto 3541 de 1983

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. El artículo 28 del Decreto 570 de 1984, quedará así: "Para los productores, importadores y distribuidores de cigarrillos la base gravable para liquidar el impuesto sobre las ventas de este producto no incluye el valor de los impuestos de consumo y deportes".

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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