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Artículo 15

Facultades De La Junta Monetaria

Ley 117 de 1985 · por la cual se crea el Fondo de Garantías de Instituciones Financieras, se determina su estructura y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En relación con las funciones del Fondo, la Junta Monetaria tendrá las siguientes facultades:

a)

Establecer límites, condiciones, garantías y requisitos generales para la utilización de los cupos de crédito del Fondo en el Banco de la República, destinadas a atender las situaciones de quebranto patrimonial de las instituciones inscritas.

b)

Rendir concepto previo favorable sobre las características de los títulos que emita el Fondo y las operaciones financieras que vaya a realizar cuando no estuvieren contempladas en la presente Ley.

c)

Señalar, si lo estima conveniente, límites al endeudamiento del Fondo, o al otorgamiento de avales o garantías por parte del mismo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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