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Artículo 3

Decreto 3479 de 2005 · por el cual se crea la Comisión Nacional Permanente de la Organización del Tratado de Cooperación Amazónica.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . La Comisión estará integrada por: El Ministro de Relaciones Exteriores, quien la presidirá. El Ministro del Interior y de Justicia. El Ministro de Defensa Nacional. El Ministro de la Protección Social. El Ministro de Comercio, Industria y Turismo. El Ministro de Educación Nacional. El Ministro de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial. El Ministro de Transporte. El Director del Departamento Nacional de Planeación. El Director del Instituto Colombiano para el Desarrollo de la Ciencia y la Tecnología Colciencias.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3479 de 2005