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Artículo Transitorio

Ley 181 de 1995 · por la cual se dictan disposiciones para el fomento del deporte, la recreación, el aprovechamiento del tiempo libre y la Educación Física y se crea el Sistema Nacional del Deporte.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo transitorio. Los clubes con deportistas profesionales adecuarán su constitución a las exigencias de esta Ley, dentro de los dos (2) años siguientes a su promulgación.

Secretario General Encargado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 181 de 1995