Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación en el diario oficial, modifica el
del artículo 2.5.5.2.1 .3., adiciona el artículo 2.5.5.3.1.15., un
al artículo 2.5.5.3.1.11 y el artículo 2.5.5.11.9 al Decreto 1068 de 2015, Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público.