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Artículo 65

Uniforme De Diario

Decreto 1040 de 1929 · Por el cual se reglamenta el uniforme del Ejército Nacional

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Uniforme de diario. Número 3. Composición: gorra verde oliva de paño; blusa verde oliva de paño; pantalón largo verde oliva de paño; botines de cuero negro opaco; cinturón negro; corbatín negro. Cuándo debe usarse: Como traje de calle en general. Este mismo uniforme con casco negro para presentaciones a los Comandos superiores, y para formaciones dentro del cuartel para recibir la visita anunciada de altos funcionarios, y en las guardias de prevención.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1040 de 1929