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Artículo 15

Ley 10 de 1913 · Por la cual se dictan disposiciones relaciones con la elección para Presidente de la República

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Gran Consejo Electoral podrá verificar el escrutinio hecho por los Consejos Escrutadores de los Distritos Electorales, cuando hubiere, a su juicio, graves motivos para considerarlo ilegal en todo, o en parte.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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