JurídicoESEN

Artículo 37

Solamente El Ministerio De Defensa, Por Conducto Del Comando General De Las Fuerzas Militares, Podrá Expedir Y Revalidar Los Permisos De Importación Y Exportación De Armas, Municiones Y Sus Accesorios

Decreto 1663 de 1979 · Por el cual se expide el estatuto nacional para el control y comercio de armas, municiones, explosivos y sus accesorios

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Solamente el Ministerio de Defensa, por conducto del Comando General de las Fuerzas Militares, podrá expedir y revalidar los permisos de importación y exportación de armas, municiones y sus accesorios.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1663 de 1979