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Artículo 2

Fijar Los Siguientes Gravámenes Arancelarios A Las Subpartidas Del Arancel De Aduanas Que A Continuación Se Señalan: Subpartida Grav

Decreto 618 de 2002 · por el cual se introducen algunas modificaciones al Decreto 2800 de 2001, por el cual se adoptó el Arancel de Aduanas.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Fijar los siguientes gravámenes arancelarios a las subpartidas del Arancel de Aduanas que a continuación se señalan: Subpartida Grav. (%) 1702.90.90.00 10 2832.20.10.00 10 2933.55.20.00 10 3404.90.19.00 10 3502.20.00.00 10 3920.30.00.10 10 4107.99.00.00 10 4810.14.00.00 20 6812.90.20.00 5 8462.29.00.00 10 8462.49.90.00 5 8708.99.19.00 5 9091.90.00.00 5

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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