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Artículo 3

Vigencia

Decreto 139 de 2026 · Por el cual se hace una designación como Representante Permanente de Colombia ante la Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial -ONUDI-, la Organización Internacional para la Energía Atómica -OIEA-, y los demás organismos del Sistema de Naciones Unidas con sede en Viena, Austria

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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