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Artículo 11

Las Resoluciones De Cancelación Se Comunicarán A Los Alcaldes Respectivos, Quienes Deberán Publicarlas Por Bando En Dos Días Feriados Consecutivos, Y Al Director De Higiene De La Respectiva Jurisdicción, Funcionario Que Procederá A Hacer La Prevención A La Persona A Quien Se Canceló La Licencia

Decreto 32 de 1938 · Por el cual se reglamenta la Ley 51 de 1937, sobre ejercicio de la odontología

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las resoluciones de cancelación se comunicarán a los Alcaldes respectivos, quienes deberán publicarlas por bando en dos días feriados consecutivos, y al Director de Higiene de la respectiva jurisdicción, funcionario que procederá a hacer la prevención a la persona a quien se canceló la licencia.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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