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Artículo 1

Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto Vigente: Del Ministerio De Gobierno Capítulo 14: Artículo 110

Decreto 2126 de 1940 · Por el cual se hacen traslados en el Presupuesto de la vigencia fiscal en curso

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente: DEL MINISTERIO DE GOBIERNO Capítulo 14: Artículo 110. Para los gastos que demanden los servicios de alumbrado fuerza eléctrica y teléfono en los Reformatorios y Escuelas de Trabajo a cargo de la Nación. $ 600.00 Capítulo 15: Artículo 123. Para sueldos del personal de las Colonias Penales y Agrícolas 478.50 Artículo 144. Para los gastos que demanden los servicios de alumbrado, fuerza eléctrica y teléfono de las Penitenciarías, Cárceles de Distrito y de Circuito y Reclusiones de Mujeres. 6.700.00 Capítulo 16: Artículo 159. Para la compra de elementos destinados a la fabricación de sellos de caucho y timbres en relieve, y otros gastos de la misma índole 500.00 Artículo 160. Para la compra de papel de imprenta, Edad Media, Manila, cartulinas, tintas y otros elementos de esta naturaleza para el servicio de la Imprenta y Litografía Nacionales 4.521.50 AL MINISTERIO DE GOBIERNO Capítulo 4°: Artículo 22. Para honorarios de los Conjueces del Consejo de Estada, en los casos en que tengan que actuar, en el año 300.00 Capítulo 17: Artículo 177. Para atender al pago de deuda de vigencias expiradas, como honorarios de Conjueces, arrendamientos, medios sueldos y otros, gastos de las dependencias y entidades adscritas al Ministerio de Gobierno, excluido el ramo de Prisiones 5.000.00 Artículo 179-D. Para atender al pago de los servicios médicos, drogas, hospitalizaciones, entierros y demás de la misma naturaleza para los empleados del Ministerio de Gobierno, de conformidad con lo dispuesto por el Consejo Nacional de Administración y Disciplina 500.00 AL MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Capítulo 91: Artículo 1499. Para el pago de elementos y servicios de alumbrado y energía eléctrica de los edificios nacionales, parques y jardines de la capital de la República 7.000.00 Sumas iguales $12.800.00 12.800.00

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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