°. La Superintendencia de Notariado y Registro tendrá un plazo de seis (6) meses para la puesta en marcha de las nuevas oficinas.
Las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos que se enuncian en el presente decreto, continuarán prestando el servicio en la circunscripción territorial que en la actualidad tienen, hasta tanto las nuevas oficinas entren en funcionamiento.