º . Sesiones ordinarias. Las Comisiones Regionales para la Restitución de Bienes se reunirán de manera ordinaria una vez al mes y serán citadas por parte del representante de la Comisión Nacional de Reparación y Reconciliación. Así mismo, podrán convocarse reuniones de carácter extraordinario por solicitud de alguno de sus miembros.
Las Comisiones Regionales para la Restitución de Bienes contarán con una Secretaría Técnica, la cual será designada por los miembros de estas.